DECRETO Nº 35-2024.
Declárase en Estado de Urgencia el cauce sobre los márgenes del Río Colorado, en la zona de Colonia El Zauzal, 25 de Mayo, Rutas Provinciales N° 34 y 20 y Camino a Colonia Chica.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3640 del 13-09-24.-
Dictado el 12-01-24.-
Operadora del Digesto: M.L.E.-
VISTO:
El Expediente N° 531/24, caratulado: “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS – S/DECLARACIÓN URGENCIA P/MITIGAR AVANCE RIO COLORADO – COLONIA EL ZAUZAL”.- y
CONSIDERANDO:
Que como es de público y notorio conocimiento, el Rio Colorado evidencia una extraordinaria crecida como consecuencia de las importantes precipitaciones registradas en los últimos meses y fusión nival prevista para esta época del año, provocando no sólo el aumento del volumen de agua que trae el río, sino también el incremento de los procesos erosivos del agua;
Que a fojas 20/21 se incorpora informe fundado del señor Presidente del Ente Provincial del Rio Colorado respecto de la situación actual del mismo;
Que en el citado informe, pone de manifiesto que la crecida abrupta e imprevista del Rio Colorado provocó la erosión acelerada de los márgenes del río, arrasando con la vegetación que durante años funcionó como barrera natural al río;
Que más allá de dicha barrera natural, sólo existe un terraplén de CUATRO (4) metros de altura, el cual no tiene capacidad de contención de agua;
Que durante los últimos 10 años se venpia sufriendo una gran crisis hídrica cuyo registro de caudal promedio del río ascendía a los 40 mts.3/seg, mientras que actualmente en la estación Buta Ranquil aumento desmedidamente, superando los 400 mts3/seg, llegando a un pico de 677 mts.3/seg;
Que un posible desborde amenaza inundad las zonas pobladas de Colonia en Sauzal, Colonia Chica, 25 de Mayo como así también las Rutas Provinciales N° 34 y 20 y Camino a Colonia Chica;
Que los trabajos que se están llevando a cabo de manera mancomunada entre el Municipio de 25 de Mayo, el Ente Provincial del Rio colorado y empresas locales sólo sirven para mitigar el problema, pero no son suficientes;
Que ante esta situación de urgencia, que afecta a las zonas pobladas del lugar, resulta indispensable y necesario continuar manteniendo en condiciones de transitabilidad las vías de comunicación viales del lugar (Rutas provinciales N° 34, 20 y camino a Colonia Chica), para el uso de los habitantes de la zona afectada;
Que a fojas 22 luce informe elaborado por la señora Directora de la Dirección General de Obras Públicas que evalúa la problemática y aconseja debieran arbitrarse los mecanismos administrativos y técnicos pertinentes para tal cometido;
Que la Ley General de Obras Públicas N° 38 y la Ley N° 3 de Contabilidad, permiten efectuar contrataciones directas cuando existan razones de urgencia que evidencien que el tramite no puede diferirse y sean así declaradas por este Poder Ejecutivo;
Que de los informes efectuados surge evidente las situación que atraviesa la zona, que deben ser atendida como carácter de urgente evitando así mayores costos y en pos del Bien Común;
Que asimismo, es necesario el dictado de un acto administrativo encomendando a la Dirección provincial de Vialidad a que efectúe los trabajos que resulten necesarios, autorizando, asimismo, a dicha Repartición a realizar todo tipo de contratación en el marco del artículo 34 inciso c, subinciso 1 de la ]Ley provincial de Contabilidad N° 3 y en el artículo 9°, inciso c) de la Ley General de Obras Públicas N° 38 y sus modificatorias;
Que por Resolución N° 001/24, el Consejo de Obras Públicas aconseja proseguir con lo actuado por el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y en consecuencia se declare la urgencia en el cauce sobre los márgenes del Río Colorado, autorizando a la Dirección Provincial de Vialidad a realizar contrataciones en el marco del artículo 34 inciso c, sub inciso 1 de la Ley Provincial de Contabilidad N° 3 y en el artículo 9°, inciso c) de la Ley General de Obras Públicas N° 38 y sus modificatorias;
Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de Obras y Servicios Públicos;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- Declárase en Estado de Urgencia el cauce sobre los márgenes del Río Colorado, en la zona de Colonia El Zauzal, 25 de Mayo, Rutas Provinciales N° 34 y 20 y Camino a Colonia Chica, por efecto de las excesivas y anormales precipitaciones y nevadas registradas durante el año 2023 y lo que va del año 2024, con el objeto de habilitar los procedimientos administrativos necesarios para implementar, con la mayor celeridad y ejecutividad, la contratación de obras y servicios necesarios para prevenir y/o contener el avance del mismo en post del bien común.
Artículo 2°.- Encomendar a la Dirección Provincial de Vialidad a efectuar los trabajos que fueren necesarios, autorizando a dicha Repartición a realizar contrataciones tendientes a la adquisición de bienes de capital, bienes de consumo, servicios y contratar las obras necesarias con el fin de paliar o resolver la situación excepcional que se declara por el artículo 34 inciso c, sub inciso 1, de la Ley Provincial de Contabilidad N° 3 y en el artículo 9°, inciso c) de la Ley General de Obras Públicas N° 38 y sus modificatorias.
Artículo 3°.- El estado de urgencia que se declara en el Artículo 1° del presente Decreto tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2024, pudiendo las contrataciones formalizadas hasta esa fecha prever plazo de cumplimiento o vigencia superiores a la misma.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.-
Artículo 5°.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos a sus efectos.-